Bajo la premisa de empoderar a los ciudadanos respecto a sus derechos como consumidores, la Dirección General de Defensa al Consumidor de la Ciudad ha puesto a disposición información crucial sobre la normativa que resguarda a los usuarios en diversas transacciones, desde contratar servicios de telefonía hasta cargar la tarjeta SUBE.
En este sentido, Julia Domeniconi, secretaria de Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Ciudad, destaca la relevancia de las leyes que protegen a los consumidores, reconocidas por salvaguardar los derechos fundamentales en distintas situaciones de consumo. Domeniconi enfatiza que estar informado no solo es un derecho, sino también una herramienta esencial para que los ciudadanos puedan ejercer sus derechos de manera efectiva.
Asimismo, Vilma Bouza, directora de Defensa y Protección al Consumidor, resalta la creciente complejidad de los contratos y la exposición a fraudes en entornos digitales, subrayando la importancia del conocimiento y la información como pilares fundamentales para la protección en las transacciones comerciales.
En el marco de esta iniciativa, la Dirección General de Defensa al Consumidor destaca siete derechos fundamentales que los consumidores poseen al realizar compras, tanto de forma presencial como virtual.
1. Derecho a la información:
En este sentido, los consumidores tienen el derecho prioritario de conocer la calidad, características, precio y condiciones de comercialización de los bienes y servicios que adquieren. Julia Domeniconi destaca que la claridad y detalle en la información suministrada por los proveedores son esenciales para una compra cuidada y segura.
2. Derecho a la protección de la salud:
Todo consumidor tiene el derecho de recibir bienes o servicios que no representen riesgos para su salud o integridad física en condiciones normales de uso. Este derecho abarca desde la adquisición de alimentos hasta la participación en eventos infantiles, donde se deben garantizar mecanismos de protección adecuados.
3. Derecho al trato digno:
Los proveedores deben ofrecer condiciones de atención dignas y no discriminatorias. En la Ciudad de Buenos Aires, se establece que esperas mayores a 30 minutos en filas o la espera a la intemperie son consideradas prácticas abusivas. Además, se prohíbe discriminar o establecer precios diferenciales entre consumidores nacionales y extranjeros.
4. Derecho al cumplimiento de la garantía y provisión de servicio técnico:
En caso de productos defectuosos, el consumidor tiene derecho a reclamar la reparación o sustitución durante el plazo de garantía legal de 6 meses para productos nuevos. Esta disposición incluye desde prendas de ropa hasta automóviles.
5. Derecho a la protección de los intereses económicos del consumidor:
Frente a incumplimientos de la oferta o contrato, el consumidor puede exigir la restitución del dinero o el cumplimiento de la obligación. La prohibición de establecer diferencias de precios según el medio de pago y la invalidación de cláusulas abusivas son medidas para proteger los intereses económicos del consumidor.
6. Derecho a que se cumpla con la oferta y publicidad:
Los consumidores tienen el derecho de que se respeten las condiciones publicitadas al adquirir bienes o servicios. Esto implica que los precios ofrecidos en la publicidad deben ser respetados al momento de realizar el pago.
7. Derecho al arrepentimiento:
En compras online, se contempla el derecho de arrepentimiento, permitiendo al comprador devolver el producto en un plazo de 10 días corridos. En compras presenciales, los ciudadanos disponen de 30 días para cambiar productos no perecederos, respetando el precio original.
En conclusión, la información brindada por Defensa al Consumidor se erige como una guía esencial para que los ciudadanos ejerzan sus derechos con conocimiento y confianza en sus transacciones cotidianas, fortaleciendo así la relación entre consumidores y proveedores.
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